El juez del auricular
Artículo de Ramón Irigoyen publicado en «La Voz de Galicia» el domingo 21 de agosto de 2011
Dice la ley que está prohibido conducir con auriculares, un clarísimo elemento de distracción al volante porque el conductor que escucha música no percibe, por ejemplo, el ruido de una moto o de un coche, que vienen a toda pastilla. Y, sobre todo, lo más importante, al escuchar música, naturalmente, el conductor se distrae y esa pérdida de atención puede ser mortal: de hecho, un tercio de los accidentes en carretera tiene su causa en la distracción del conductor. Pero el legislador cometió un error: habló de auriculares, en plural, y, por tanto, un conductor que usa un solo auricular, en singular, no está infringiendo la ley. Suena a chiste del gran Gila o del genial Cantinflas, cuyo centenario estamos celebrando. Pero un juez ha absuelto a un conductor que usaba un solo auricular y, por tanto, no había infringido la ley porque una cosa – y bien prohibida – son unos auriculares y otra cosa muy distinta un auricular – en singular – cuyo uso no está prohibido por la ley. Naturalmente, los responsables de Tráfico, las asociaciones de autoescuelas y los conductores, en general, partiendo de que acatan esta sentencia de un juez que habría tenido un gran éxito en las filas del dadaísta Tristan Tzara, consideran que, cuando la ley habla de auriculares, se refiere tanto a uno como a dos, porque ya el uso de un solo auricular distrae bastante. ¿Cuál es el principal deber de un conductor al volante? La respuesta es muy sencilla: minimizar el riesgo de la conducción. Ya el uso de un solo auricular es un error grave.




